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Así lo resolvió la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. El DNU 70 y su reglamentación había habilitado esa posibilidad.
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En lo que marca un freno a la política de desregulación impulsada por el Gobierno de Javier Milei, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó suspender la venta de medicamentos fuera de las farmacias y la posibilidad de que un farmacéutico estuviese a cargo de más de un local.
Así lo resolvió la Sala I, quien en su resolución firmada por Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada por dos cámaras farmacéuticas y suspendió los efectos de varios artículos del DNU 70/2023.
En concreto, el fallo suspendió los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 Y 324 del DNU 70, y en consecuencia todas las resoluciones reglamentarias. De esta manera, la Cámara Federal revirtió un fallo de primera instancia que le había negado la cautelar a los farmacéuticos y había apoyado la postura del Gobierno.
“La sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica
comercial, y reafirma, en línea con el precedente ‘Farmacity’ de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que
requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico”, señaló la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) en un documento.
“En efecto, se pone de manifiesto que el DNU suspendido desatendía esta función esencial, al habilitar la venta de medicamentos fuera de farmacias, flexibilizar las condiciones de habilitación, reducir controles y permitir la intervención de personas noformadas ni capacitadas profesionalmente”, agregó la entidad.
También el ministro de Salud bonaerense, Nicolás Kreplak, celebró el fallo. “Es claro, excepto para los funcionarios negligentes que en todo momento ven mercado, negocios y dinero, la salud es algo que se debe cuidar, el Estado gestionar y la justicia controlar”, señaló.
El Gobierno había habilitado la venta de analgésicos y antiácidos fuera de las farmacias. Ahora esa posibilidad deberá ser suspendida a partir del fallo de Cámara y habrá que esperar a que se resuelva la cuestión de fondo para saber cómo quedarán las competencias.
Entre los artículos que suspende el fallo aparece además el que permitía que un farmacéutico pudiera atender más de una farmacia. Sobre esto la Justicia laboral ya había dejado un antecedente a favor de los farmacéuticos, pero ahora el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal ratifica esa postura.
La cautelar también deja por el momento sin efecto la posibilidad de que las droguerías se constituyan como “farmacias” y puedan vender medicamentos directamente al público.
“Este fallo refuerza la legitimidad de nuestra lucha por una farmacia centrada en la salud, la seguridad del medicamento de manos de un profesional farmacéutico, pilares esenciales de un sistema sanitario justo, accesible y con equidad”, cierra el comunicado de COFA y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (Fefara). (DIB)

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